El Supremo Tribunal Federal de Brasil validó por unanimidad la ley que redujo una parte del Parque Nacional do Jamanxim, en el estado amazónico de Pará, para permitir el trazado del proyecto ferroviario Ferrogrão. La decisión del 21 de mayo despeja una controversia jurídica importante, pero no equivale a una autorización definitiva para construir la vía.
El tribunal declaró constitucional la Ley 13.452 de 2017 al resolver la Acción Directa de Inconstitucionalidad 6553. Esa norma modificó los límites del parque y retiró de la unidad de conservación el corredor previsto para la infraestructura. Según la síntesis oficial del STF, los magistrados entendieron que la alteración se realizó mediante una ley formal y que, por tanto, cumplió la exigencia constitucional aplicable a la reducción de áreas protegidas.
Un fallo con condiciones ambientales
La sentencia mantiene intacta una etapa decisiva: Ferrogrão deberá obtener todas las licencias ambientales exigidas antes de avanzar. El examen técnico deberá evaluar los efectos del ferrocarril y definir las medidas de prevención, mitigación o compensación que correspondan. El fallo resuelve la validez de la modificación legal del parque, no sustituye ese análisis ni certifica por anticipado la viabilidad ambiental de la obra.
El STF también estableció que el Poder Ejecutivo puede compensar por decreto el área retirada de Jamanxim, incorporando otra superficie a la unidad de conservación. Esa posibilidad permite restablecer la extensión protegida sin necesidad de una nueva ley, aunque la delimitación concreta y sus características dependerán de una decisión posterior del Gobierno.
Infraestructura y protección amazónica
Ferrogrão fue concebido como un corredor ferroviario en el norte de Brasil. La reducción del parque había quedado en el centro del conflicto porque vinculaba una obra logística de gran escala con la protección jurídica de territorio amazónico. La resolución judicial aclara quién podía modificar esos límites y mediante qué instrumento, pero deja abiertas las discusiones técnicas propias del licenciamiento.
La distinción es relevante para interpretar el alcance de la decisión. Que una ley sea constitucional no significa que cada etapa del proyecto haya sido aprobada. Tampoco elimina la obligación de estudiar impactos acumulativos, alternativas y medidas de protección conforme al procedimiento ambiental brasileño. Cualquier cronograma de construcción dependerá todavía de esas evaluaciones y de las autorizaciones administrativas correspondientes.
Para el Gobierno y los promotores del ferrocarril, la sentencia elimina una barrera legal que había generado incertidumbre. La planificación aún tendrá que incorporar los tiempos y requisitos del examen ambiental, sin confundir la resolución constitucional con una orden para iniciar obras. Para quienes siguen la conservación de la Amazonía, el foco se traslada ahora a la calidad del licenciamiento y a la eventual compensación territorial. El resultado del proceso dependerá de decisiones futuras que no fueron tomadas por el STF el 21 de mayo.